El sistema judicial israelí: de pseudo-democracia a proto-fascismo (Los Chicos de Hares)

En 1967 el Estado de Israel invadió y ocupó Cisjordania y Gaza, al margen de que la creación del Estado israelí bajo parámetros sionistas fue también una historia de limpieza étnica y expulsión. Así pues, desde 1967, el Estado de Israel ha intentado mantener el control del Territorio Palestino mediante decretos militares, creando de iure un estado de apartheid que perdura hasta nuestros días.

Hares Boys2 de junio: Audiencia en la Corte Militar de Salem – Los Chicos de Hares

Hares es un pueblo en la zona norte de Cisjordania con una población superior a 3.000 habitantes. Está situado a escasos kilómetros de la ciudad de Salfit aunque entre medias se encuentra el famoso “dedo de Ariel”, un conjunto de asentamientos israelíes ilegales que se prevé que parta en dos el territorio de Cisjordania mediante la construcción del muro del apartheid israelí [1] y la expansión de los asentamientos hacia el Valle del Jordán; región que se encuentra bajo total control israelí según los Acuerdos Interinos de Oslo. Desde el pueblo de Hares se puede ver la llamada “Carretera 5” que frecuentan los colonos para moverse por el territorio.

Mapa modificado de la región de Salfit, Cisjordania (OPT). Fuente: OCHA OPT (2013). “Humanitarian Atlas – December 2012”. Disponible en: http://www.ochaopt.org/mapstopic.aspx?id=20&page=2

Mapa modificado de la región de Salfit, Cisjordania (OPT). Fuente: OCHA OPT (2013). “Humanitarian Atlas – December 2012”. Disponible en: OCHA OPT

El 14 de marzo de 2013, una mujer colono chocó contra la parte trasera de un camión que se había parado en la Carretera 5. La mujer viajaba con sus tres hijas, una de ellas resultó gravemente herida. La declaración del conductor del camión, después del accidente, afirmaba que se había parado en la carretera por un neumático pinchado pero rápidamente comenzaron a cambiar los testimonios, tanto de la mujer como del conductor del camión, para afirmar que “había piedras en la carretera”. La maquinaria represiva se puso en marcha y en los días posteriores hubo redadas nocturnas en los pueblos de Hares y el vecino Kifl Hares, dado que los testimonios que aluden a “piedras a la carretera” implica automáticamente (según la lógica del Estado israelí) que los jóvenes palestinos de la zona eran culpables aún cuando no hay evidencia contra ellos. Un total de 19 jóvenes, todos ellos menores de edad, fueron arrestados en diversas redadas y trasladados a la prisión de Megiddo en territorio israelí[2]. Todos ellos fueron liberados, excepto los cinco Chicos de Hares. Sus nombres son: Ali Shamlawi, Mohammed Kleib, Mohammed Suleiman, Ammar Souf y Tamer Souf. Todos ellos llevan más de un año en la prisión militar de Megiddo. Su abogado desconoce cuáles son las pruebas contra los chicos, si acaso existen, pero saben que pueden enfrentarse a una condena de hasta 20 años en prisión por un crimen que no han cometido.

El 2 de junio, a primera hora de la mañana, pongo rumbo a Salem junto a una compañera de IWPS (International Women Peace Service). Es la primera corte militar que voy a presenciar a pesar de haber intentado presentarme en otras dos ocasiones, ambas visitas frustradas por cambios de última hora. Aunque no es siempre necesario, es recomendable registrarse con la corte militar al menos 24 horas antes de la audiencia. Facilitamos nuestros datos a un activista israelí para que gestionara el trámite. Los datos que solicitan para el registro son: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de pasaporte y el nombre del acusado al que se quiere visitar. Recibimos confirmación del registro horas después de haber enviado nuestros datos. Tras hacer un transbordo en Jenin, llegamos a la corte militar de Salem que literalmente actúa como un checkpoint pues está situada entre Cisjordania y el territorio israelí.

mágen de archivo (2013) de la Corte Militar de Salem, Cisjordania. Fuente: International Women Peace Service

Imágen de archivo (2013) de la Corte Militar de Salem, Cisjordania. Fuente: International Women Peace Service

La entrada está abarrotada de gente intentando entrar, pero dos soldados gritan que deben salir del recinto y cierran la puerta. Un hombre nos explica que las cortes militares se usan para todo tipo de disputas, que hay gente que viene a visitar a familiares encarcelados que van a tener una audiencia mientras otros esperan presentar documentos sobre sus tierras. Al explicarle que venimos a visitar a alguien que tendrá una audiencia, nos indica que nosotros debemos pasar pues los primeros casos que van a tratar en la corte son las audiencias. Pasamos la primera puerta y a escasos metros nos volvemos a encontrar parados frente a una puerta metálica rotatoria, esperando que los soldados nos den paso a un cubículo donde se hace el primer chequeo de seguridad. Esperamos unos diez minutos frente a la puerta para que nos abran, durante la espera los soldados volvieron a salir y gritaron nuevamente que la gente debía separarse de la valla y esperar bajo un pequeño refugio que no puede dar cobijo al medio centenar de personas que están esperando afuera. Un ruido mecánico denota que se ha activado la puerta rotatoria, avanzamos unos cinco metros para pararnos de nuevo ante una puerta que da acceso al cubículo. Esperamos de nuevo varios minutos y finalmente abren la puerta. El cubículo está vacío excepto por una mesa maltrecha al lado de un detector de metales. Los soldados están situados al otro lado de un cristal blindado. Dejamos nuestras escasas pertenencias sobre la mesa y la compañera pasa por el detector hasta tres veces. La obligaron a quitarse los zapatos, pero era evidente que los propios soldados estaban activando la alarma del detector pues yo pude pasar al primer intento. Recogemos y salimos hacia el segundo chequeo de seguridad atravesando un patio interior.

Al llegar al segundo chequeo, el panorama es el mismo. Tras subir unas escaleras, hay alrededor de una veintena de personas agolpadas frente a una puerta metálica rotatoria esperando a que les den paso. Otros esperan sentados en un cuarto. Al menos ahora estábamos cobijados del sol. De vez en cuando, los soldados gritan un nombre para hacer saber que será el siguiente reo en tener una audiencia, así los familiares o abogados pueden ganar un acceso más rápido. Tras esperar unos 15 minutos, nos colocamos al frente del grupo para intentar pasar ya que parece que la audiencia puede tener lugar en cualquier momento. Pasamos la puerta rotatoria y llegamos a una segunda habitación donde hay varios soldados armados con fusiles. Me piden el pasaporte y que deje mis pertenencias, entre ellas el móvil, el pasaporte, la llave del apartamento y la gorra que llevaba. El soldado escribe mis datos a mano en una hoja y me pregunta a que audiencia he venido. Otro soldado, quizás Policía Fronteriza, me indica que debo entrar en un pequeño cuarto de un metro cuadrado. El soldado entra conmigo y deja la puerta entreabierta y me empieza a cachear aunque con poco entusiasmo. Salgo del pequeño cuarto y espero a que den paso a mi compañera. A ella le hace el cacheo una mujer soldado, pero su cacheo duró al menos un minuto frente a los escasos segundos de mi cacheo. Al salir la compañera me comenta que le volvieron a obligar a quitarse los zapatos. Salimos del edificio hacia otro patio interior que nos lleva a una caseta donde esperaremos varias horas hasta la audiencia, dejando atrás nuestros pasaportes, móviles y otras pertenencias. Por suerte separé la visa de mi pasaporte, que consiste en un pequeño trozo de papel, para evitar su confiscación. He oído testimonios de soldados israelíes confiscando y rompiendo visas a internacionales, pero también detenciones de activistas en la propia corte militar.

La caseta, por suerte, consta de varios bancos y aire acondicionado pero no es lo suficientemente grande como para cobijar a todas las personas. Algunos se agolpan frente a la valle metálica que da paso a la corte y otros fuman alrededor del patio esperando oír el nombre de sus familiares para entrar en la corte militar. La espera se hace eterna y no fue hasta pasadas las 3 de la tarde que llamaron el nombre de Mohammed Kleib, pero nos sirvió para conocer en persona al padre e intercambiar unas palabras con él.

En ese momento nos acercamos a la valla junto a su padre y entramos a otro recinto. Una puerta adyacente se abre y sale un soldado preguntándonos insistentemente por qué venimos, si estamos registrados con la corte y a quién le dimos los datos para el registro: “un amigo israelí nos registró” contestamos. El soldado, claramente frustrado por nuestra respuesta, cierra la puerta tras de sí y continuamos por el patio hacia la siguiente puerta. Al entrar, vemos a nuestra derecha la llamada “corte militar” que consiste de tres oficiales del ejército israelí sentados en una mesa a una altura superior del resto de la habitación. Bajo los oficiales hay media docena de soldados, posiblemente del cuerpo jurídico militar o administrativo, y un abogado de la defensa. La soldado que nos escoltaba a la audiencia nos indica donde debemos sentarnos e insiste que el padre, por algún motivo, debe sentarse en un banco detrás de nosotros a pesar de que es su hijo quien tiene la audiencia. Mohammed estaba esposado de pies y manos dentro de la sala cuando llegamos, parecía estar en buen estado e intercambió algunas frases con su padre mientras tomábamos asiento.

Nuestra presencia levanta sospechas en la sala y el juez pronto se dirige a nosotros directamente. En su primera intervención, el juez nos dice que debemos salir de la sala puesto que se trata de una audiencia confidencial y solo los familiares pueden estar presentes, pero el padre interviene y dice que estamos con él y que da su consentimiento a que presenciemos la audiencia. Entonces comienzan las preguntas sobre nuestras intenciones, nacionalidad y nombres. Respondemos sus preguntas y él lo recita en hebreo, presumiblemente para que esa información conste en acta. El juez nos recuerda que los datos de dicha audiencia son confidenciales y no podemos facilitar ningún nombre o información. Una vez finalizado el trámite, el juez se dirige a Mohammed en hebreo. Uno de los soldados que está situado cerca de Mohammed parece que hace de traductor simultáneo, quizás por la presencia de internacionales ya que estas traducciones no siempre se dan aunque son requeridas por la propia Orden Militar israelí que ejerce jurisdicción sobre el territorio [3]. La intervención del juez militar es un monólogo, ni Mohammed ni el abogado intervienen y en pocos minutos se da por finalizada la audiencia. El abogado nos informa de que la próxima audiencia será dentro de dos semanas y no sabemos exactamente que se ha dicho o que pruebas – si acaso las hay – tienen contra Mohammed.

Nos levantamos para abandonar la sala, pero la soldado nos para en mitad de la sala mientras el padre de Mohammed se acerca un poco más su hijo. “Solo los familiares pueden hablar con el acusado” nos indica, por tanto esperamos de pié. Tienen un escaso minuto para hablar pero están separados físicamente por dos empleados del Servicio de Prisiones israelí y una barrera. Tras el intercambio entre padre e hijo, finalmente escoltan a Mohammed por otra puerta hacia la celda de los presos para luego ser trasladado de nuevo a la prisión de Megiddo hasta la próxima audiencia. Nosotros volvemos a salir por donde entramos y una vez llegados de nuevo al patio, tenemos que esperar varios minutos para que nos dejen salir ya que la puerta está cerrada.

La salida se efectúa por el mismo lugar que la entrada, por tanto todas las puertas están cerradas. Estamos rodeados de soldados armados, vallas metálicas, hormigón armado y alambre de concertina. Una vez abierta la puerta, que en ocasiones tardarían hasta 15 minutos en abrirla, llaman de uno a uno a las personas para que pasen a recoger sus pertenencias. Finalizado el trámite, ponemos rumbo a la salida por donde entramos a primera hora de la mañana. Kleib está feliz, ha visto a su hijo en buen estado. Lamentablemente, ha tenido que conformarse con estas “audiencias” y escasas visitas a la prisión para ver a su hijo en el último año. Las visitas familiares se organizan en mayo y noviembre, en ocasiones con ayuda del CICR (Comité Internacional de la Cruz Roja); y en mayo los prisioneros pueden enviar fotos sus familiares (Fotos de los Chicos de Hares – mayo 2014).

“Cortes Canguro” y la institucionalización del apartheid

La situación arriba descrita se lleva dando, en el caso de los Chicos de Hares, desde el año pasado. En las audiencias para cada uno de estos chicos, los jueces increpan en hebreo al acusado y declaran una fecha para la próxima audiencia con la única finalidad de mantener encarcelados a ciudadanos palestinos. Por tanto, cinco menores de edad que aún no han terminado su educación secundaria, llevan más de un año encarcelados sin sentencia y envueltos en un caso con claras connotaciones políticas y represivas.

El término de “Cortes Canguro” alude al hecho de que la sentencia se pospone indefinidamente mediante éste mecanismo, e incluso llegan a saltarse un sistema con pocas o nulas garantías para la defensa. Bajo la jurisdicción militar, los palestinos pueden ser detenidos hasta 90 días sin cargos con motivo de llevar a cabo interrogatorios y los juicios deben durar un máximo de 18 meses pero en caso de no estar concluido, puede extenderse por periodos de 6 meses[4]. Además, el perverso sistema del ocupante se perpetua a sí mismo, ya que han expandido la jurisdicción militar sobre prácticamente cualquier parte del territorio ocupado al mismo tiempo que se han adjudicado a sí mismos la autoridad para juzgar casos que recaen fuera de la jurisdicción de las cortes militares según el derecho internacional (IV Convención de Ginebra, 1949, Art. 66) [5].

El Estado de Israel lleva aplicando una jurisdicción militar desde la ocupación militar de Cisjordania y Gaza en 1967[6]. Por tanto la mayoría de las disputas que puedan tener los ciudadanos palestinos con las autoridades israelíes tienen que resolverse – de dudosa manera – por las cortes militares. En algunos casos en los que la disputa involucra a los asentamientos ilegales, por ejemplo en relación a apropriación indebida de tierras, ¡los agricultores palestinos tienen que llevar el caso a las cortes de los propios asentamientos que les roban! Ni que decir tiene que los colonos ilegales no están bajo una jurisdicción militar, lo cual les otorga casi total impunidad en comparación con la población autóctona.

A todo ésto hay que sumarle el peligroso precedente legal que supone éste caso si llegan a condenar a los Chicos de Hares. La información de la que dispononen los abogados, y por ende las familias, es escasa y en ocasiones contradictoria. La pena máxima a la que se pueden estar enfrentando es de 20 años de cárcel, un año de cárcel por “cada piedra que tiraron”. Es tal el grado de indefensión de la población palestina que las familias llegan a alegrarse cuando oyen noticias de que la pena quizás se reduce a 10 años de prisión. En caso de que el tribunal militar dictaminara una sentencia de 20 años de prisión, se establecería un precedente legal mediante el cual podrían aplicar condenas similares a los manifestantes que lanzan piedras en respuesta a las agresiones del ejército. A fecha de 1 de mayo de 2014, había un total de 5.271 prisioneros políticos en manos del estado de Israel, 30 de ellos cumplían condenas de entre 20 y 25 años[7]. Éstas cifras aumentarán indudablemente si se usa el dictámen sobre los Chicos de Hares como jurisprudencia en los Territorios Ocupados Palestinos.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional es muy claro al respecto y define como apartheid “un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen” [8]. La evidencia está ahí, y aumenta a diario. Actualmente se está llevando a cabo una operación militar criminal (“Margen Protector”, julio 2014) sobre la Franja de Gaza que pone de nuevo en evidencia al sionismo, que ya se ha cobrado más de un millar de vidas. Al mismo tiempo, las resoluciones de la ONU, declaraciones de la Asamblea General, opiniones legales de la Corte Penal Internacional y resoluciones del Consejo de Seguridad también se amontonan en los despachos, recogiendo polvo.

El institucionalismo y el derecho internacional se demuestran una vez más como inútiles e inefectivos ante la maquinaria represiva y asesina del estado de Israel, que se jacta a diario de no cumplir ni el mínimo imprescindible del derecho internacional humanitario. Ante ésta situación, el silencio es complicidad, y la solidaridad internacionalista nuestra arma estratégica. Cuando los intereses económicos del capital se vean dañados por su apoyo al estado de Israel, entonces la situación puede cambiar. Es ahora o nunca: ¡Boicot Israel!

Notas

  1. Hace ya casi 10 años (9 de julio de 2004) que la Corte Internacional de Justicia emitió su opinión legal respecto al muro israelí, declarándolo “contrario al derecho internacional”. En la misma opinión de la CIJ, junto con el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, se estimó que los asentamientos de colonos en Cisjordania son también contrarios al derecho internacional ya que violan los principios de la Cuarta Convención de Ginebra. Léase la opinión íntegra en: http://www.icj-cij.org/docket/index.php? pr=71&code=mwp&p1=3&p2=4&p3=6
  2. El traslado de prisioneros fuera de su territorio por parte de la fuerza ocupante, incluso en estadios de guerra no reconocidos o de ocupación total sin resistencia armada, está prohibido por el Artículo 76 de la Cuarta Convención de Ginebra relativa a la Protección de Civiles en Tiempos de Guerra. El Estado de Israel ratificó esta Convención y por tanto está obligado a cumplirlo incluso cuando otras partes de un conflicto no han ratificado la Convención.
  3. Israeli Military Order No. 378 – Order Concerning Security Provisions, Section II, Art. 12.: “If the accused does not understand Hebrew the military court shall appoint him an interpreter who will translate for him the statements made during the course of the hearing and the decisions of the court, unless the accused willingly renounces his right to have the proceedings translated wholly or in part. The accused has the right to object to a particular translator and to request that he/she be replaced.” Disponible en: http://www.israellawresourcecenter.org/israelmilitaryorders/fulltext/mo0378.h tm
  4. Véase Addameer – Military Courts. Disponible en: http://www.addameer.org/etemplate.php?id=291
  5. Addameer (Nov. 2009). Presumed Guilty: Failures of the Israeli Military Court System – An International Law Perspective. Disponible en: http://www.addameer.org/wp-content/uploads/Reports/addameer-report-presumed- guiltynove2009.pdf
  6. Para consultar algunas de éstas órdenes militares, véase Israel Law Resource Center – Israeli Military Orders. Disponible en: http://www.israellawresourcecenter.org/israelmilitaryorders/israelimilitaryorde rs.htm
  7. Addameer, (2014). Monthly Detention Report – 1 May 2014. Disponible en: http://www.addameer.org/etemplate.php?id=688

Autor: @Jergerox, Madrid (España). 28 de julio de 2014. Publicado originalmente en Palestina Libre con Licencia Attribution-NoDerivatives 4.0 International.

Ver también: El sistema judicial israelí: de pseudo-democracia a proto-fascismo (Rachel Corrie)

Las opiniones aquí expresadas son únicamente las del autor y no vinculan de ningún modo a las personas u organizaciones mencionados, incluidos (pero no de forma exhaustiva): International Women Peace Service, la campaña “Free the Hares Boys” o sus familiares e International Solidarity Movement entre otros.